En este artículo hablamos sobre la dependencia, su inicio y la Ley de Dependencia, la cual nos puede ayudar.
La dependencia puede llegar a nuestra vida de diferentes maneras. Un par de ejemplos específicos son la dependencia sobrevenida y la dependencia progresiva.
¿Qué es la dependencia sobrevenida?
La dependencia sobrevenida o abrupta se podría definir como aquella dependencia que llega a nuestra vida debido a una situación fortuita como una enfermedad repentina inhabilitante, un golpe o una caída. Es aquella dependencia que no esperamos.
¿Qué es la dependencia progresiva?
La dependencia considerada como progresiva, es aquella dependencia que habitualmente va asociada al envejecimiento. En otras palabras, cuanto mayores nos hacemos, más ayuda necesitamos por parte de terceras personas para poder realizar las actividades básicas de la vida diaria (ABVD).
De un modo u otro, aunque la dependencia es una situación que nunca es bienvenida, hay que reconocer que, si es progresiva, al menos tenemos un poco de tiempo para prepararnos, al contrario que si nos coge de sorpresa.
En las dos situaciones de dependencia, progresiva y repentina, siempre podemos contar entre otros, con el apoyo de servicios de residencia geriátrica o atención domiciliaria de carácter privado. Estos, pueden ofrecernos soporte o soluciones, casi de inmediato.
El “dolor de cabeza” o problema aparece cuando solo podemos pagar este tipo de servicios de carácter privado durante unos pocos meses o por qué no decirlo, directamente no podemos afrontar su coste. En este momento es cuando sale a escena la Ley de Dependencia.
¿Qué es la Ley de Dependencia?
La Ley de Dependencia (aunque su nombre completo es Ley de la Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia) es el portón de entrada a los servicios públicos (o privados financiados por la administración) para todo aquel que precisa de un soporte de ayuda en su día a día.
Explicado de otra forma, si a una persona le hace falta una plaza pública de residencia o quizá que una trabajadora familiar vaya a su casa para, por ejemplo, ayudarle a levantarse, lavarse o vestirse, necesita que en primer lugar le hayan concedido la Ley de Dependencia, ya sea en grado I, II o III. A su vez, es importante que se puede pedir una revisión de grado de dependencia cuando se pueda justificar un empeoramiento de la situación de esa persona.
El grado de dependencia es relevante
El grado que consideren que más se adapta a la situación actual de esa persona definirá el tipo de servicio al que puede optar y su intensidad.
Hablamos de intensidad porque en servicios como el SAD (Servicio de Atención Domiciliaria), no se asignan el mismo número de horas semanales de servicio a una persona que tenga un grado II que a otra persona con un grado I.
Tomando como otro ejemplo el servicio de residencia, tener un grado II o III te concede la oportunidad a apuntarte a una lista de espera en las 3 residencias con plazas públicas que más te hayan gustado o por otro lado pedir el cheque servicio. La finalidad del cheque servicio es pagar parte del precio de la plaza privada de una residencia acreditada, en un principio hasta que se tenga una plaza pública.
El proceso y los tramites internos de la administración pública en lo referente a la Ley de Dependencia, aunque puede acelerarse en casos de urgencia, habitualmente dura unos meses entre que se rellena la solicitud, se tramita, se valora y dan una respuesta en forma de resolución. A fin de no cometer errores, se suele recomendar pedir cita con la trabajadora social de nuestro barrio o municipio para que nos ayude con el trámite.
La valoración se acostumbra a realizar en la propia casa de la persona por un equipo formado por algunos profesionales de las disciplinas del trabajo social, terapia ocupacional, enfermería, fisioterapia, medicina y la psicología. No hay que preocuparse ni extrañarse si se hacen preguntas y se piden que se realicen un conjunto de acciones para ver como nos desenvolvemos. En eso consiste la valoración.
En todo este proceso a menudo aconsejamos paciencia ya como explicamos no es algo que se tramite de la noche a la mañana.
Para hacerse una idea de la situación de dependencia de una persona, en Inforesidencias tenemos a disposición de nuestros usuarios una calculadora de la dependencia. Esta calculadora puede servirte para orientarte sobre cual sería tu grado de dependencia actual.
Para más información, pueden dirigirse a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
o llamarnos por teléfono 625 187 803 - 625 127 984
¿Te quieres formar en el Sector Sociosanitario?
Echa un vistazo a nuestros Certificados de Profesionalidad Sociosanitarios
SSCS0208: Certificado Profesional en atención sociosanitaria a personas dependientes en instituciones sociales. OFICIAL y OBLIGATORIO
Obtén el título oficial y obligatorio para trabajar como gerocultor o auxiliar sociosanitario en España y accede a nuestra bolsa de empleo.
Más informaciónSSCG0111: Certificado Profesional en gestión de llamadas de teleasistencia. OFICIAL
Adquiere el título oficial para trabajar como operador de teleasistencia en España y podrás acceder a nuestra bolsa de empleo.
Más información