¿Conoces las claves para solicitar el grado de discapacidad en la Comunidad de Madrid? Desde SUPERCUIDADORES te lo explicamos paso a paso para que no tengas ninguna duda.
Diversidad Funcional es el nuevo término que sustituye a discapacidad, con el objetivo de superar las definiciones en negativo. Propone una visión positiva de la discapacidad hablando de “diferentes capacidades”. La diversidad funcional es “la diferencia de funcionamiento de una persona al realizar las tareas habituales (desplazarse, leer, agarrar, ir al baño, comunicarse, relacionarse…) de manera diferente a la mayoría de la población” (Foro de Vida Independiente 2005).
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El certificado de discapacidad es un documento público y oficial que se otorga a toda persona que lo solicite y que tenga una alteración funcional, permanente, transitoria o prolongada, física, sensorial o mental. El procedimiento para el reconocimiento, declaración y certificación del grado de discapacidad, está regulado mediante el Real Decreto 1971/1999 de 23 de diciembre. Esta norma tiene por finalidad que la valoración y alegación del grado de discapacidad que afecte a las personas sea uniforme, garantizando así la igualdad de condiciones para el acceso de los ciudadanos y ciudadanas a los beneficios, derechos económicos y servicios que los organismos públicos otorguen.
El grado de discapacidad se expresará en porcentaje y la discapacidad se reconoce a partir de un grado del 33%.
Plazo de solicitud
Indefinido.
Requisitos
Para solicitar el reconocimiento inicial y la adquisición
- Ser español o extranjero residente legalmente en España y que esté empadronado en cualquiera de los municipios de la Comunidad de Madrid.
- Padecer una discapacidad física, sensorial o mental.
Para solicitar la revisión
- Tener reconocido el grado de discapacidad.
Para solicitar la certificación del grado de discapacidad reconocido
- Tener reconocido el grado de discapacidad.
- En el caso de estar reconocido en otra Comunidad Autónoma, es requisito previo solicitar el traslado del expediente a la Comunidad Autónoma de Madrid.
Documentación a aportar por primera vez
- Solicitud (descargar solicitud).
- La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, excepto que expresamente desautorice la consulta:
- DNI del interesado.
- En caso de tener representante, DNI del representante legal o guardador de hecho.
- Documento acreditativo de estar empadronado en un municipio de la Comunidad de Madrid (coincidente con el domicilio de residencia).
- 3. Si es menor de 6 años Tarjeta Sanitaria del menor.
- Libro de Familia para menores.
- De no tener nacionalidad española, acreditación administrativa de residencia legal en España (Sin Tarjeta de Residencia, además: carné de identidad de su país de origen o pasaporte)
- En caso de tener representante:
- Documento acreditativo de la representación legal o guardador de hecho (descargar documento).
- Acreditación residencia legal en España del representante legal o guardador de hecho.
- Informes médicos y/o psicológicos que posea, que avalen la discapacidad alegada.
Documentación en caso de revisión por agravamiento/mejoría o por finalización de plazo de validez
- Solicitud (descargar solicitud).
- La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, excepto que expresamente desautorice la consulta:
- DNI del interesado.
- En caso de tener representante, DNI del representante legal o guardador de hecho.
- Documento acreditativo de estar empadronado en un municipio de la Comunidad de Madrid (coincidente con el domicilio de residencia).
- 3. Informes que acrediten dicho agravamiento o mejoría.
- En caso de tener reconocida Incapacidad Laboral Permanente:
- Dictamen Propuesta Equipo Valoración.
- Certificado de pensionista actualizado.
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Dónde se puede presentar la solicitud del grado de discapacidad
Presencialmente:
- En los Servicios Sociales del Ayuntamiento dónde esté empadronado el/la solicitante
- En las Oficinas de Asistencia en materia de registro de la Comunidad de Madrid.
- En los Puntos de Atención al Ciudadano de la Comunidad de Madrid.
- En las Oficinas de Atención al Ciudadano.
Por internet (ver como tramitar):
Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través del registro electrónico de la Consejería, es necesario disponer del DNI electrónico o uno de los Certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Dentro del apartado “Gestión” de la página de la Comunidad de Madrid se encuentra la solicitud y los “impresos” que debe cumplimentar para presentarlos en el registro electrónico.
Cuando tenga preparada toda la documentación, pulse “internet”, acceda al registro electrónico y siga las indicaciones.
Para recibir las notificaciones por medios electrónicos, deberán estar dados de alta en el servicio de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid.
Tramitación
- Presentar el impreso de solicitud correspondiente, junto con la documentación necesaria y estar en todo caso firmado por la persona que solicita la valoración; la persona que ejerza como representante legal o voluntario, si esta situación queda debidamente acreditada.
- La persona solicitante recibirá la citación para la valoración, la cual será llevada a cabo por un Equipo de Valoración y Orientación llamado EVO, formado por un/a médico/a, psicólogo/a y trabajador/a social, quienes evaluarán aquellos aspectos o características de las personas que influyen en la discapacidad, aplicando los baremos contenido en el Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento y declaración del grado de discapacidad.
- La valoración de las situaciones de discapacidad y la alegación de su grado se efectuará previo examen de la persona interesada por los/as profesionales competentes, y atendiendo a su condición de salud concreta, es decir, su diversidad sensorial, física o psíquica, teniendo también en cuenta los factores socioeconómicos de su situación. Todo ello, teniendo en cuenta las capacidades para las actividades básicas de la vida diaria.
- La persona interesada recibirá en el domicilio una notificación del grado de discapacidad. Dicha notificación y por imperativo legal, deberá contener en todo caso el diagnostico, tipo y grado de discapacidad, así como las puntuaciones obtenidas en los baremos para determinar la necesidad de la ayuda de otra persona y la existencia de dificultades de movilidad para utilizar transportes públicos colectivos.
Quién resuelve la solicitud del grado de discapacidad
En la Comunidad Autónoma de Madrid es el Director General de Atención a Personas con Discapacidad de la Consejería de Políticas Sociales y Familia quien resuelve la solicitud.
Qué hacer en caso de no estar de acuerdo con el reconocimiento de grado de discapacidad
En el caso de resoluciones definitivas, los interesados podrán interponer reclamación previa a la vía jurisdiccional social, de conformidad con lo establecido en el Texto Refundido de la Ley de Procedimiento Laboral, aprobado por el RD 2/1995 de 7 de abril.
El grado de discapacidad será objeto de revisión siempre que se prevea una mejoría razonable de las circunstancias que dieron lugar a su reconocimiento, debiendo fijarse el plazo en que debe efectuarse dicha revisión.
En todos los demás casos, no se podrá instar la revisión del grado por agravamiento o mejoría, hasta que, al menos, haya transcurrido un plazo mínimo de dos años desde la fecha en que se dictó resolución, excepto en los casos en que se acredite error de diagnóstico o se hayan producido cambios sustanciales en las circunstancias que dieron lugar al reconocimiento de grado, en que no será preciso agotar el plazo mínimo. El formulario de solicitud de reconocimiento del grado de discapacidad se encuentra a disposición de las personas interesadas en los Registros de las Delegaciones Territoriales de la Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales o de los Centros de Valoración y Orientación de personas con discapacidad adscritas a las mismas.
Más información sobre Diversidad Funcional
- En el teléfono 012 si se llama entro de la Comunidad de Madrid.
- En el teléfono 915 804 260 para llamadas desde fuera de Madrid.
- Correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
- En la página web de la Comunidad de Madrid.
Para más información, pueden dirigirse a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
o llamarnos por teléfono 625 187 803 - 625 127 984