¿Te gustaría saber cómo solicitar la Dependencia en Navarra? Te explicamos los pasos que debes seguir para conseguirlo.
Requisitos
- Tener nacionalidad española.
- Vivir en España y haberlo hecho durante 5 años. De éstos, 2 deberán ser inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
- Residir en Navarra cuando se presente la solicitud.
- Para los menores de 5 años, el periodo de residencia se exigirá a quien ejerza su guarda y custodia.
- Los extranjeros que reúnan el requisito anterior, se regirán por lo establecido en la Ley sobre Derechos y Libertades de los extranjeros en España y su Integración Social.
- No existe mínimo o máximo de edad para recibir las ayudas. No obstante, hay requisitos especiales para los menores de 3 años (artículo 5 Ley Dependencia).
Documentación que hay que presentar por primera vez
- Solicitud (descargar solicitud).
- Copia del NIF/NIE en vigor, del solicitante.
- Copia del NIF/NIE del representante legal del interesado, si éste no puede hacer la solicitud, así como la copia de la Sentencia Judicial de Incapacidad o justificante del inicio del proceso. Hay que aportar el documento acreditativo de la representación legal del guardador de hecho o de la representación voluntaria (descargar el documento para la representación voluntaria, y documento para el guardador de hecho).
- Copia del Libro de Familia en el caso de menores de edad.
- Copia del certificado/s de empadronamiento que acredite/n que el solicitante reside en cualquier localidad de Navarra, así como que ha residido al menos 5 años en España y que los 2 últimos sean inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud (artículo 5 Ley Dependencia). El padrón se solicita en el ayuntamiento del municipio donde se resida.
- En el caso de extranjeros no comunitarios, copia compulsada del certificado del Ministerio del Interior que acredite que el solicitante dispone de residencia legal en España, y que la ha tenido al menos por 5 años, los 2 últimos inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud.
- Informe de Salud (descargar informe en español o en euskera).
- Solicitud del abono de la transferencia cumplimentada por el banco.
Documentación en caso de revisión por agravamiento o mejoría
- Solicitud, que se puede obtener en:
- Los Servicios Sociales de Base.
- El Registro de la Agencia Navarra para la Autonomía de las personas.
- El Centro de Salud Mental correspondiente en el caso de que sea una persona con enfermedad mental.
- Las oficinas de Registro y de Atención ciudadana de Navarra.
- Justificante del abono de la tasa.
- Informe de Salud donde se indiquen los diagnósticos que acreditan el agravamiento o mejoría del solicitante.
¿Dónde se presenta la documentación?
Presencialmente:
- En los Servicios Sociales de Base.
- En el Registro de la Agencia Navarra para la Autonomía de las personas.
- A través del Centro de Salud Mental correspondiente en el caso de que sea una persona con enfermedad mental.
- En las oficinas de Registro y de Atención ciudadana de Navarra.
Por Internet:
A través de la sede electrónica del Gobierno de Navarra. En el siguiente enlace encontrarás toda la información para realizar el trámite telemáticamente.
Tramitación
- Rellenar la solicitud y aportar la documentación necesaria.
- Tras entregar la solicitud y la documentación, el equipo de valoración de la Agencia Navarra para la Autonomía de las Personas se pondrá en contacto con el interesado para fijar el día y la hora para la valoración. Normalmente ésta se realiza en el domicilio de la persona, en días laborables por la mañana.
- Después de ser valorado se emitirá una resolución en la que se fijará su grado de Dependencia, notificándolo por correo certificado.
- En función de su grado, se fijará su Programa Individual de Atención (PIA), en el que se acordará el modo de intervención más adecuado a sus necesidades y preferencias. La Ley establece que se resolverá en 3 meses, pero estos plazos no se están cumpliendo (artículo 15 Decreto 15/2010).
- Una vez fijado, recibirá la resolución del Programa Individual de Atención que recogerá los servicios y ayudas que se le conceden.
Qué hacer en caso de no estar de acuerdo con el grado concedido
Si no está conforme con la resolución del grado podrá interponer un recurso de alzada (descargar recurso) ante el Departamento de Políticas Sociales.
El plazo para interponer el recurso es de un mes, a partir del día siguiente a la notificación de la resolución.
Más información sobre Dependencia
En la Agencia Navarra para la Autonomía de las Personas (ANAP)
- Teléfonos: 902 165 170; 848 426 900
- Fax: 948 240 108
- Correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Te recomendamos ver las Masterclass gratuitas:
- "Cómo solicitar el reconocimiento de la Dependencia".
- "Cómo solicitar el reconocimiento de la Discapacidad".