Afrontar una enfermedad no es solo superar la patología y hacernos fuertes psicológicamente. En ocasiones implica echar un pulso con la administración para cubrir los gastos que se derivan de nuestra situación. Y estar parado conlleva mayor confrontación, sobre todo, si nuestro caso no entra dentro de la Ley de Dependencia.
En el año 2010 la inmensa mayoría de los ciudadanos fuimos conscientes de que estábamos atravesando la mayor crisis económica desde que se instauró la democracia española.
Llevamos unos cuantos años de recesión económica y no es ningún secreto. Tampoco lo es que se prevén otros tantos de reajustes y grandes esfuerzos hasta volver a alcanzar la situación en la que estábamos.
“Teníamos una esperanza: la Ley de Dependencia”
Si algo bueno han tenido estos años ha sido la entrada en vigor de la Ley de Dependencia, que ha marcado un antes y un después en la adquisición de derechos de las personas en situación de Dependencia. Aunque todavía existen ciertas paradojas que están dejando en situaciones difíciles a algunas personas.
Así le ha ocurrido a Beatriz F., de 44 años, licenciada en derecho y periodismo, que fue diagnosticada de cáncer hace dos. Aunque tiene cotizados a la Seguridad Social más de 20 años de trabajo, cuando le diagnosticaron la enfermedad se encontraba, al igual que muchos otros españoles en la actualidad, en situación de desempleo.
Beatriz no es una persona dependiente
La Ley de Dependencia define Dependencia como el "estado de carácter permanente en que se encuentran las personas que, por razones derivadas de la edad, la enfermedad o la Discapacidad, y ligadas a la falta o a la pérdida de autonomía física, mental, intelectual o sensorial, precisan de la atención de otra u otras personas o ayudas importantes para realizar actividades básicas de la vida diaria. O en el caso de las personas con discapacidad intelectual o enfermedad mental, de otros apoyos para su autonomía personal".
Haciendo caso a esta definición, Beatriz no ha solicitado ningún tipo de valoración de la Ley, ya que se prevé que su situación sea temporal y no permanente.Además, ella puede realizar las actividades básicas de la vida diaria de manera autónoma, por lo que en ningún caso es, por ahora, susceptible de percibir los derechos que otorga esta ley.
¿Pero hasta que se recupere de su enfermedad, en qué situación se encuentra?
Siguiendo la tónica de muchos otros ciudadanos en estos años, Beatriz se encontraba recibiendo la prestación por desempleo -paro- cuando le diagnosticaron cáncer.
El Sistema de Seguridad Social no tardó en reaccionar: el SERMAS (Servicio Madrileño de Salud) puso a su disposición todos los medios tecnológicos y médicos a su alcance para que Beatriz superase su enfermedad. Actualmente recibe tratamiento, tiene consultas con médicos de cabecera y especialistas de forma periódica y no escatiman en darle toda la información y orientación para que supere su enfermedad.
Sin embargo, el cáncer es una patología de larga duración. Aunque todos los pronósticos son positivos, en el proceso de superación de la enfermedad, finalizó el período de su prestación económica, que tiene una vigencia máxima de 24 meses.
Tras dejar de percibir esta ayuda no tuvo más remedio que solicitar el subsidio mínimo, conocido como la “tarifa plana”, de 426 € al mes establecida por el INSS (Instituto Nacional de Seguridad Social) desde el año 2011. Por desgracia, para ella es una cantidad que no cubre sus necesidades mínimas. Con ese dinero tiene que pagar su hipoteca, alimentación, medicinas y gastos habituales como agua, luz, gas, etc.
Si Beatriz hubiera estado trabajando, cuando le diagnosticaron el cáncer, habría tenido una baja laboral por contingencias comunes, cosa que haría bajar considerablemente su sueldo mensual.
Sin embargo, para estas situaciones el INSS proporciona la posibilidad de que se solicite el subsidio de incapacidad temporal, que ayuda a compensar esa bajada de nómina. Pero solo pueden acceder quienes estén dados de alta en el Sistema de Seguridad Social cuando son diagnosticados.
Es inevitable pensar que enfermar y estar en el paro recibe un trato desfavorable respecto de aquel que enferma cuando está trabajando por cuenta ajena.
Porque Beatriz no solo debe superar su enfermedad, los dolores del tratamiento, las secuelas psicológicas que deja, el miedo, la incertidumbre o los trastornos que implica a su dinámica familiar. Sino que, además, debe afrontar las dificultades económicas que le hacen depender de otros que la ayuden, como si la propia enfermedad no fuera suficiente:
- Tiene unos gastos fijos mensuales en tratamientos y medicación. Aunque el grueso de su coste está subvencionado debe someterse a tantos tratamientos diferentes, que le supone un gasto importante.
- No puede trabajar porque no tiene fuerzas para cubrir un puesto de trabajo ni mantenerlo a lo largo del tiempo. La quimioterapia es un tratamiento que deja importante secuelas físicas y efectos secundarios muy incómodos.
- No tendrá reconocida una incapacidad temporal hasta que se cure de su enfermedad. De cara a los datos objetivos, es una persona que no trabaja y no busca empleo.
- Recibe una ayuda económica que está por debajo del IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples fijado en 532,51€/mes para 2014).
El debate está en boca de todos, porque nadie está libre de enfermar
Esta vez le pasa a Beatriz, pero ayer fueron otros tantos y mañana le puede pasar a cualquiera de nosotros o a alguno de nuestros familiares.
Es curioso observar que el sistema de bienestar social, por un lado, se implica y trabaja duramente para curarnos de nuestras enfermedades. Contamos con grandes profesionales sanitarios y medios tecnológicos que nos ayudan a mejorar. Pero por otro, ese sistema nos puede dejar en situación de desamparo económico y convertirnos en personas dependientes sin querer serlo, y sin que la Ley nos respalde.
¿Qué opinas de esta situación? ¿Cómo crees que podría cambiar?