¿Conoces las claves para solicitar el Grado de Discapacidad en Navarra? Desde SUPERCUIDADORES te explicamos de manera sencilla cómo hacerlo.

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¿Qué es el certificado de discapacidad?

El certificado de discapacidad es un documento oficial que otorga derecho a la persona con discapacidad y a sus familiares para acceder a determinados beneficios sociales y económicos (servicios de salud, formación, empleo, ocio, transporte, vivienda, adaptaciones, prestaciones, etc.). Dicho certificado está constituido por un grado de discapacidad obtenido mediante una valoración. La calificación de discapacidad obtenida poseecarácter estatal, pero es necesario que aquella persona que varíe su residencia y con ella la Comunidad Autónoma,  solicite trasladar el expediente a Navarra. Los traslados de expedientes pueden solicitarse en origen o en destino. 

¿Cuáles son los requisitos para solicitar el certificado de discapacidad?

1. Documento de identidad fotocopiado o del Libro de Familia
2. Solicitud de valoración del grado de discapacidad
3. Estar empadronado en Navarra y, para residentes en el extranjero, que su último domicilio en territorio nacional esté en Navarra y tengan su documento de identidad en vigor. Para los residentes extranjeros aquí, habrá que entregar una fotocopia de la tarjeta de residente
4. Informes médicos
5. En el caso de revisión por agravamiento se deben añadir los informes que validen dicha revisión
6. Documento de identidad del representante legal

¿Dónde hay que presentar la solicitud del grado de discapacidad?

La valoración de la discapacidad la puede solicitar presentando el impreso de reconocimiento del grado de discapacidad junto con la documentación correspondiente en la Unidad de Barrio que le corresponda, si reside en Pamplona, o el Servicio Social de Base de su localidad. También podrá presentar la documentación en la Agencia Navarra para la Autonomía de las Personas o en la Sección de Valoración.

Los Servicios Sociales de Base constituyen la unidad básica del Sistema Público de Servicios Sociales y son la puerta de acceso a éste y el nivel más próximo a las personas destinatarias. Su ámbito de actuación territorial se determina de acuerdo con la zonificación de servicios sociales regulada por Decreto Foral 33/2010, de 17 de mayo.

Actualmente, existen 44 Servicios Sociales de Base que cubren la totalidad del territorio. La mayoría se prestan mancomunadamente, mediante la agrupación de varios municipios; en el caso de Pamplona el Servicio está descentralizado en 12 Unidades de Barrio.

AGENCIA NAVARRA PARA LA AUTONOMÍA DE LAS PERSONAS (ANAP)
C/ González Tablas, 7, 31005, Pamplona
Teléfono: 902 165 170; 848 426 900
Correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

SECCIÓN DE VALORACIÓN
C/ Cuesta Larraina, 3, Planta Baja, 31011 Pamplona
Teléfono: 902 165 170; 848 426 900
Correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
  

También es posible realizar los trámites de  manera virtual con la ayuda de la siguiente guía.

¿Quién realiza la valoración de mi grado de discapacidad?

Una vez que se compruebe que la documentación presentada es correcta, se comunicará a aquella persona que solicita el grado de discapacidad la fecha y la hora para realizar la valoración, la cual será realizada por un equipo de profesionales que se denomina Equipo de Orientación y Valoración compuesto por médico/a, psicólogo/a y trabajador/a social que son los profesionales que se encargan de llevar a cabo los dictámenes técnico-facultativos para el reconocimiento del grado de discapacidad. El procedimiento de valoración se elabora mediante una entrevista inicial y una valoración médica si procediese y a través de una valoración psicológica.

Tras esta valoración, se notificará la resolución al domicilio de la persona solicitante. El reconocimiento del grado de discapacidad surtirá efectos a partir de la fecha de presentación de la solicitud.

¿Cuáles son los beneficios del grado de discapacidad?

El órgano competente de la Agencia Navarra para la Autonomía de las Personas dictará resolución aprobando el acceso a los servicios, garantizados o no garantizados, que correspondan a la persona beneficiaria, en función del grado y tipo de discapacidad que tenga reconocida.

¿Puedo solicitar una revisión de mi grado de discapacidad?

El Real Decreto 1971/1999, que regula el procedimiento para el reconocimiento de minusvalía, dice que “no se podrá instar la revisión del grado por agravamiento o mejoría sierre que, al menos, haya transcurrido un plazo mínimo de dos años desde la fecha en que se dicto resolución". También prevé excepciones para casos en que se acredite suficientemente error de diagnóstico o se hayan producido cambios sustanciales en las circunstancias que dieron lugar al reconocimiento de grado, en que no será preciso agotar el plazo mínimo”.

Si no estoy de acuerdo con mi valoración, ¿puedo interponer un recurso?

Contra las resoluciones definitivas del reconocimiento del grado de discapacidad se podrá interponer reclamación previa a la vía jurisdiccional social, de acuerdo con lo establecido en el artículo 71 del texto refundido de la Ley de Procedimiento Laboral. La reclamación previa deberá interponerse, ante el órgano que dictó la resolución, en el plazo de treinta días desde la notificación de la misma, si es expresa, o desde la fecha en que, conforme a la normativa reguladora del procedimiento de que se trate, deba entenderse producido el silencio administrativo. Formulada reclamación previa, el organismo deberá contestar expresamente a la misma en el plazo de cuarenta y cinco días. En caso contrario, se entenderá denegada la reclamación por silencio administrativo.

FUENTE: La información recogida en este artículo ha sido extraída de la página web del Gobierno de Navarra.