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Arraigo para la formación
El arraigo para la formación en España representa una vía específica de regularización para los extranjeros que se encuentran en situación irregular y desean obtener una autorización de residencia temporal.
Este mecanismo, regulado por el Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, permite a los solicitantes acceder a programas de formación profesional, facilitando así su integración en el mercado laboral y en la sociedad española. A continuación, te explicamos en detalle en qué consiste, quién lo concede, y cuáles son los derechos, deberes y requisitos para optar a esta modalidad de arraigo.
El arraigo por formación está regulado por el Reglamento de Extranjería (Real Decreto 557/2011) y las modificaciones introducidas por el Real Decreto-ley 11/2018. La concesión de esta autorización recae en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno en las distintas provincias de España, bajo la supervisión de la Dirección General de Migraciones del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
Requisitos para Solicitar el Arraigo para la Formación
Para poder solicitar el arraigo para la formación, es necesario cumplir con los siguientes requisitos:
- Residencia Continuada en España: Acreditar una permanencia continuada en España durante al menos dos años.
- Carecer de Antecedentes Penales: Tanto en España como en el país de origen o en los países donde haya residido en los últimos cinco años.
- Compromiso de Formación: Presentar un compromiso de participación en un programa de formación profesional aprobado.
- Informes Favorables: En algunos casos, se requiere un informe favorable del gobierno autonómico correspondiente.
El arraigo por formación es una oportunidad para los extranjeros en situación irregular que desean regularizar su situación y mejorar sus perspectivas laborales.
Procedimiento de solicitud para el arraigo para la formación
El proceso de solicitud del arraigo para la formación incluye varios pasos:
- 1. Presentación de la Solicitud: Se debe presentar la solicitud en la Oficina de Extranjería correspondiente.
- 2. Aportación de Documentación: Adjuntar los documentos que acrediten el cumplimiento de los requisitos.
- 3. Evaluación y Resolución: La Oficina de Extranjería evalúa la solicitud y, si procede, concede la autorización de residencia temporal.
- 4. Participación en el Programa de Formación: Una vez concedida la autorización, el solicitante debe iniciar y completar el programa de formación.
Derechos y Deberes del solicitante
Derechos:
- Obtener una autorización de residencia temporal durante el periodo de formación.
- Participar en el programa de formación profesional aprobado.
- Posibilidad de regularización a través de una autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena al finalizar con éxito la formación.
Deberes:
- Completar el programa de formación comprometido.
- Informar de cualquier cambio en su situación.
- Solicitar la renovación de la autorización si el programa de formación se extiende más allá del periodo inicial.
¿Qué estudiar para el Arraigo para la Formación?
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Más información sobre la formación en atención sociosanitaria a personas dependientes: Certificado de Profesionalidad en Atención Sociosanitaria a Personas Dependientes en Instituciones Sociales.