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Según la web de la Comunidad de Madrid, el estado ofrece una prestación económica excepcional con el propósito de ayudar a cubrir los gastos relacionados con el cuidado de personas en situación de dependencia en sus propios hogares. Este artículo explora los detalles clave de esta prestación y los requisitos necesarios para acceder a ella.

Requisitos para Acceder a la Prestación

Para poder acceder a esta prestación económica, es necesario cumplir con ciertos requisitos. Los detalles son los siguientes:

  1. Cuidados en el Domicilio Familiar: Los cuidados que surgen de la situación de dependencia deben haber estado siendo proporcionados en el hogar familiar durante al menos un año antes de presentar la solicitud.

  2. Cuidador Familiar: El cuidador debe cumplir con los siguientes requisitos:

  • Edad y Aptitud: Debes ser mayor de 18 años y tener la capacidad física, mental e intelectual necesaria para llevar a cabo adecuadamente las tareas de atención y cuidado. Además, no debes tener reconocida una situación de dependencia ni un grado de discapacidad igual o superior al 75%.

  • Relación Familiar o Asimilada: Debes ser cónyuge o pariente por consanguinidad, afinidad o adopción, hasta el tercer grado de parentesco. Se consideran situaciones similares a la relación familiar a las parejas de hecho, tutores y personas designadas, administrativa o judicialmente, con funciones de acogimiento.

  • Cuidado en el Entorno Habitual: Debes proporcionar cuidados en el entorno habitual del beneficiario y convivir con él. También, debes formalmente asumir los compromisos necesarios para la atención y el cuidado de la persona en situación de dependencia.

  • Formación: Debes estar dispuesto a realizar las acciones formativas que se te propongan, siempre que sean compatibles con el cuidado de la persona en situación de dependencia.

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  • Límite de Cuidado: Como regla general, no se permite que una misma persona sea cuidadora de más de dos personas en situación de dependencia.

Seguridad Social de Cuidadores Familiares

Desde el 1 de abril de 2019, se financian las cuotas a la Seguridad Social de los cuidadores no profesionales de personas en situación de dependencia beneficiarias de la prestación económica para cuidados en el entorno familiar (PECEF), a través de la Administración General del Estado. Esto se establece según el Real Decreto Ley 6/2019 de 1 de marzo.

Determinación de la Cuantía de la Prestación

La cuantía de la prestación para cuidados en el entorno familiar se establece en base a dos factores cruciales:

  1. Grado de Dependencia: La cantidad de apoyo necesario por parte de la persona dependiente.

  2. Capacidad Económica del Beneficiario: Los recursos económicos disponibles del beneficiario.

Lugar de Presentación de la Solicitud

Los solicitantes pueden presentar sus solicitudes en la Tesorería General de la Seguridad Social o mediante medios telemáticos a través del enlace proporcionado.

Compatibilidades y Cuantías

Esta prestación es compatible únicamente con la teleasistencia y los servicios de prevención y promoción de la autonomía personal.

  1. Cuantías de la PECEF
  • Grado I: 153,00 euros al mes
  • Grado II: Desde 201,59 euros, hasta 268,79 euros al mes
  • Grado III: Desde 290,73 euros, hasta 387,64 euros al mes

Plazo Suspensivo

La prestación económica está sujeta a un plazo suspensivo máximo de dos años, que se cuenta desde la fecha de resolución del Plan Individual de Atención (PIA) o desde el plazo máximo para resolver el procedimiento, durante el cual no se generan atrasos.