Todas las empresas cuentan cada año con una cantidad para formación en función del número de empleados así como del tipo de formación que quieran realizar. Ese crédito se calcula aplicando a la cuantía ingresada por la empresa en concepto de cuota de formación profesional durante el año natural anterior, el porcentaje de bonificación que se establezca en los Presupuestos Generales del Estado, en función del tamaño de la empresa, sin ser acumulable para posteriores ejercicios.
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Las instituciones sociales pueden acceder a los Certificados Profesionales en Atención Sociosanitaria a Personas Dependientes en Instituciones Sociales a coste cero. Una titulación que todo el personal sociosanitario debe tener antes del 31 de diciembre de 2017 y que SUPER Cuidadores puede impartir ya que está acreditada por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).
La clave del éxito de una empresa, ya sea en el sector sociosanitario o en cualquier otro ámbito, es la cualificación de sus trabajadores. Es prioritario que el personal siempre esté formado y actualizado en un mundo cada vez más cambiante y que requiere de nuevos conocimientos casi a diario y el propósito de SUPER Cuidadores es ayudarle a conseguir estos nuevos retos.
Formación profesional dual: un nuevo concepto
La formación profesional dual es un nuevo modelo de innovación educativa y laboral. Se trata de un conjunto de acciones e iniciativas formativas, mixtas de empleo y formación, para facilitar la cualificación profesional de los trabajadores en un régimen de alternancia de actividad laboral en una empresa con la actividad formativa recibida en el marco del sistema de formación profesional para el empleo o del sistema educativo.
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En el ámbito laboral, esta formación profesional dual se materializará a través del contrato para la formación y el aprendizaje. Respecto al ámbito educativo, la formación profesional se formalizará a través de un convenio de colaboración entre los centros participantes y las empresas del sector correspondiente a través de un sistema de becas.
Como especifica el SEPE, “el trabajador contratado que haya finalizado la formación prevista, con evaluación positiva, podrá recibir el Título de Formación Profesional o el Certificado Profesional de la Administración Pública competente, y/o la certificación educativa de los módulos cursados de los Títulos o la acreditación parcial acumulable”.